Algunos datos sobre el funcionamiento del Convenio
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El Convenio sobre la Diversidad Biológica tiene una
Secretaría (artículo 24), cuya sede está en Montreal (Canadá). Parte de la Secretaría son el Secretario Ejecutivo y varias personas que se encargan de las labores organizativas y temáticas del CDB. La Secretaría prepara el calendario de reuniones en negociación con las Partes, organiza las mismas y prepara la documentación que se va a examinar en cada una de las reuniones. Administra además el mecanismo de comunicación del Convenio. Dentro del Departamento de Asuntos Sociales, Económicos y Legales de la Secretaría, existe un punto focal sobre conocimiento tradicional. En estos momentos, la persona que desempeña este trabajo es John Scott.
El organismo de Naciones Unidas que alberga al Convenio es el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).
Es importante señalar que, para preparar la documentación de las distintas reuniones, la Secretaría envía notificaciones pidiendo información sobre asuntos concretos. Estas notificaciones pueden ir dirigidas a los Estados partes, pero también se dirigen muchas veces a las organizaciones de los pueblos indígenas y las comunidades locales, y a otras organizaciones relevantes. La respuesta de las organizaciones indígenas a estas solicitudes de información de la Secretaría ha sido muy escasa. Las notificaciones se circulan habitualmente solo en inglés, aunque a veces la Secretaría ha hecho una traducción en el caso de asuntos especialmente dirigidos a las organizaciones indígenas. Además de este sistema para preparar los documentos, la Secretaría convoca también Grupos de Expertos Técnicos ad hoc (GETAH) que preparan los documentos base que después se trabajarán en otras instancias hasta llegar a la COP para la toma de decisiones al respecto.
De la Secretaría dependen también otros grupos asesores del Convenio, como los grupos de enlace (grupos de personas expertas a las que se consulta sobre determinados temas), el Comité Asesor Informal y las listas de expertos, que elabora la propia Secretaría sobre distintos temas y en los que están incluidos algunos representantes indígenas.
El organismo central del Convenio es la llamada
Conferencia de las Partes (artículo 23). Es la reunión de todos los Estados que han firmado y ratificado el Convenio. Estas Partes se reúnen en plenaria cada dos años, aproximadamente. En sus reuniones toman las decisiones sobre el trabajo que se va a asumir en cada uno de los países para aplicar y hacer efectivos los artículos del Convenio a través de acciones específicas. A este efecto, la COP ha acordado varios programas de trabajo que las Partes están aplicando en el nivel nacional sobre muchos de los asuntos tratados en los artículos del Convenio. La COP controla y decide también sobre el mecanismo financiero, que es quien proporciona los fondos para el mantenimiento de la Secretaría y para hacer efectivas las decisiones que toman las Partes. Este mecanismo financiero, según los acuerdos de la Cumbre de Río, es el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM o GEF, por sus siglas en inglés). En cada reunión de COP las Partes revisan el presupuesto disponible, comunican posibles contribuciones de los Estados miembros, y deciden qué actividades se van a priorizar y financiar. Solo la Conferencia de las Partes tiene poder de decisión sobre la aplicación del Convenio. Las decisiones adoptadas por la COP no son instrumentos legalmente vinculantes, aunque tienen una cierta obligatoriedad al ser adoptadas por consenso.
El CDB se ha dotado además de un organismo técnico especializado (artículo 25), el
Órgano Subsidiario de Asesoría Científica, Técnica y Tecnológica (OSACTT o SBSTTA, por sus siglas en inglés). El SBSTTA se reúne una o dos veces al año para examinar y preparar informes sobre los temas que la COP ha fijado para su siguiente reunión. Aunque su mandato es proporcionar informes técnicos, en el marco del SBSTTA se producen negociaciones políticas en determinados temas clave, ya que interesa que los informes del SBSTTA señalen una u otra postura. Esto ha sucedido en temas como las áreas protegidas. El SBSTTA presenta sus recomendaciones a la COP. Estas recomendaciones suelen tener un gran valor y muchas han sido directamente adoptadas como decisiones.
A lo largo de este proceso, la COP ha decidido la creación de organismos subsidiarios auxiliares que pudieran trabajar más a fondo algunas cuestiones y presentar sus informes a las Partes. Así, se han convocado varias reuniones de Grupos de Expertos ad hoc sobre temas específicos, como áreas protegidas, uso sostenible o biodiversidad de bosques, que han proporcionado informes al SBSTTA para facilitar su trabajo. Los expertos son invitados por la Secretaría.
Los organismos subsidiarios más importantes creados por la COP son cuatro grupos de trabajo abiertos:
· el Grupo de Trabajo sobre artículo 8(j) y disposiciones conexas (GT8J);
· el Grupo de trabajo sobre acceso y distribución de beneficios (GTADB);
· el Grupo de Trabajo sobre áreas protegidas (GTAP);
· y el Grupo de Trabajo para el Examen de la Aplicación (GTEA).
La creación de estos grupos de trabajo responde a que esos temas específicos son considerados particularmente importantes y merecedores, por su complejidad, de mayor examen y negociación. Hay que señalar que el primer grupo de trabajo creado en el proceso del CDB fue el Grupo de Trabajo sobre artículo 8(j) y disposiciones conexas (COP4, 1998), es decir, para discutir la cuestión de los conocimientos tradicionales. En la COP5 se decidió crear el GT sobre acceso y distribución de beneficios (COP5, 2000) y los más recientes son los grupos de trabajo sobre áreas protegidas y sobre revisión de la aplicación del Convenio (COP7, Kuala Lumpur).
La periodicidad con que se reúnen los grupos de trabajo es decidida por la COP. El GT8J siempre se ha reunido una sola vez en el periodo intersesional (el que va de una COP a la siguiente). El GTADB se ha reunido una o dos veces (se prevén dos reuniones antes de la COP8) y el GT de áreas protegidas también va a reunirse dos veces entre la COP7 y la COP8.
El trabajo desarrollado en estos grupos da lugar a un informe con sugerencias de decisiones, que se envía a la COP para su discusión y posible adopción.
A partir del CDB se ha desarrollado un protocolo (instrumento jurídico vinculante), el
Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad. Habitualmente los Estados que han firmado el protocolo se reúnen en una Conferencia de las Partes que se celebra antes de la COP del CDB.
Además de las reuniones de sus órganos principales y de los distintos organismos subsidiarios que la COP ha ido estableciendo, el CDB organiza también otras reuniones y actividades, como talleres, reuniones regionales y subregionales, etc. Esto hace que el calendario anual de reuniones relacionadas con la aplicación del Convenio sea muy apretado y exige un enfoque estratégico para poder hacer un seguimiento e incidir en su aplicación.
Documentos
Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad